|
| |  | Cuando encontramos la casa adecuada: Contrato de Promesa de venta |  |
| |  | Es necesario el pago de un depósito (generalmente entre 3.000 € y 6.000 €, si compra la propiedad a un promotor, y el 8 % del precio de compra-venta, cuando se trata de una reventa) para retirar la propiedad del mercado y hacer una reserva formal. En el caso de reventa, se firma un Contrato de Promesa de venta con entrega de arras (el depósito anteriormente mencionado) entre comprador y vendedor, que compromete y asegura a ambos hasta llegar a Notaría. El tiempo que transcurre desde el pago del depósito hasta la entrega de la propiedad varía entre 2 y 3 meses, en el caso de reventas. Cuando se trata de una vivienda no construida aún, o sea sobre plano (llamada Off-plan-promoción), la escritura pública de propiedad debe ser otorgada y firmada en un plazo máximo de 18 a 24 meses, después de la fecha original de la compra.
| |  | Importancia del asesoramiento en el Contrato de Promesa de venta |  |
| |  | Es importante que el contrato esté redactado en les términos legales desde el punto de vista de la legislación civil e hipotecaria, nuestro servicio jurídico redacta el contrato de promesa de venta para que no tenga ningún problema; incluyendo todos los términos y condiciones acordados entre el vendedor y comprador, y fijará una fecha para el cumplimiento de la transacción. También nos encargaremos de verificar que toda la documentación esté correcta y que cualquier deuda o carga referente a la propiedad haya sido abonada con anterioridad (comprobación por nuestra gestoría de Notas Simples en el Registro de la Propiedad, dependiendo de la ubicación de la finca).
| |  | Transferencia y entrega de la propiedad |  |
| |  | El día del cumplimiento, y tal como vendrá estipulado en el contrato privado de Promesa de venta, ambas partes - el comprador y el vendedor (o sus representantes legales) - se citan en la Notaría con el fin de otorgar y firmar la escritura pública de compra-venta, que debe mencionar que la propiedad se encuentra libre de cargas y gravámenes, hipotecas, inquilinos u ocupantes. En este momento, el pago del precio restante debe realizarse y al mismo tiempo proceder a la entrega de posesión y de llaves, transfiriendo la propiedad al comprador, cuyo título debe ser registrado ahora en el Registro de la Propiedad correspondiente, como nuevo propietario.
|  | Financiación |  |
| |
 | Puede financiar la compra de una propiedad solicitando una hipoteca a un banco español, o a una entidad bancaria. Los bancos españoles pueden financiar entre el 80 % del valor tasado de la propiedad e incluso el 100 % (dependiendo de su relación con la entidad financiera) a unos tipos de interés basados en el Euribor (Tipo de Interés Interbancario Europeo). Los gastos de una hipoteca se fijan normalmente en un 1 % sobre la cantidad del préstamo. Además, www.zaharadirect.com ofrece a sus clientes la posibilidad de financiación a través de nuestra financiera ( Credicenter-676 736299) , con las mejores condiciones del mercado. |
 | Gastos de mantenimiento. |  | | |  | Los gastos que conlleva poseer una propiedad en Zahara de los Atunes dependen del tamaño de la vivienda, ubicación, y características específicas de la casa en cuestión. Sin embargo, siempre debe tener en cuenta: el I.B.I. (Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles), que puede oscilar entre 150 y 600 € por año; gastos de mantenimiento o de comunidad, que pueden suponer unos 600 - 2.500 € al año; y, naturalmente, gastos de suministro eléctrico, agua, teléfono y póliza de seguros, entre otros.
|  | Honorarios y gastos a tener en cuenta en la compra/venta. |  |
| |  | En la mayoría de los casos, su banco ó entidad financiera se ocupa de atender los gastos de compra/venta, a través de su gestoría. El vendedor paga su propia plusvalía, tal como aparece recogido en el Código Civil:
Notaria: Estipulado por ley, entre 400 € - 900€
Registro de la Propiedad: Aprox. 200 € - 450€
Inmpuesto de Trasmisiones 7% Del precio de compra
Plusvalia 200 € - 1.000 € Se trata de un impuesto municipal, basado en el Incremento del Valor Añadido del Inmueble.
| | |
| | | | | | | |
+Sobre Ventas... | | | | |  | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
|